Cuándo se puede vender o alquilar una vivienda de protección oficial

0
400
Foto: Cortesía

¿Cuándo se puede vender o alquilar una vivienda de protección oficial? Las viviendas de protección oficial (VPO) son un tipo de viviendas promovidas por la administración pública que se ofertan a un precio por debajo del equivalente en el mercado. Y al que no todos pueden acceder como futuros propietarios.

Del mismo modo, también es necesario cumplir con una serie de requisitos para poder vender o alquilar este tipo de vivienda. Ya que estas viviendas están sometidas a un régimen de protección durante un tiempo determinado.

Según recoge Idealista, existen dos escenarios en los que se puede vender o alquilar una VPO. Hacerlo una vez transcurrido un mínimo de 10 años desde la adquisición del inmueble, o bien descalificando la vivienda para poder venderla o alquilarla a precio libre.

En el primero de los casos, deberá haber pasado un periodo de al menos 10 años desde que se compró hasta que se pueda vender. Y su precio de venta no podrá superar el máximo legal, regulado por la oficina de vivienda autonómica correspondiente. Además, el futuro comprador tendrá que cumplir una serie de requisitos para poder convertirse en su propietario. Y que varían en función de la comunidad autónoma de que se trate.

Del mismo modo, para poder alquilar una VPO sin descalificar —el primer escenario— tendrá que haber transcurrido un mínimo de 10 años. Es decir, el tiempo que dure el período de protección de dicha vivienda.

En el segundo escenario, el de la descalificación. La VPO perderá su condición de protegida antes de finalizar el plazo previsto inicialmente, siendo una vivienda libre a partir de ese momento.

Te puede interesar: Nadal, emocionado: «Jugar con Federer el último partido va a ser inolvidable»

Descalificación automática

Tal y como explican en la web de Vivienda de la Comunidad de Madrid, la descalificación puede tener lugar de forma automática. Es decir, por el mero transcurso del tiempo establecido para la extinción del régimen de protección. En este caso, no habría que efectuar ningún trámite administrativo, puesto que la vivienda queda automáticamente descalificada. «El plazo de duración depende de dos factores, la tipología de vivienda de que se trate y de las ayudas concedidas», indican.

Otra opción es que la descalificación se haga de forma voluntaria, a solicitud del interesado propietario de la vivienda. Que deberá cumplir unos requisitos y aportar la documentación exigida.

En tercer lugar, la descalificación también se puede producir a través de una sanción. En el caso de que no se estén cumpliendo los requisitos para que esa vivienda pueda ser considerada una VPO.

Con información de 20 minutos

Siguenos en nuestras redes:

Twitter: @Madridnews24es | Facebook: Madridnews24 | InstagramMadridnews24