Así es el bono alquiler joven y todas las ayudas del plan de vivienda

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El BOE de actual recoge el decreto que regula el nuevo bono alquiler joven y aprueba el Plan estatal de vivienda 2022-2025. El cual incluye todas las ayudas que las comunidades autónomas (excepto País Vasco y Navarra) pueden recibir y convocar.

Eso sí, tanto el bono como las medidas que contempla el plan no se convocarán hasta que se firmen los acuerdos entre el Gobierno y las comunidades autónomas; y estas, encargadas de su gestión, las pongan en marcha.

Bono alquiler joven

De hecho, el siguiente paso para poner en marcha el bono alquiler joven es que la conferencia sectorial decida cómo será el reparto de los fondos entre las comunidades autónomas.

La ayuda consiste en 250 euros mensuales para pagar alquileres de hasta 600 euros por piso o 300 por habitación. Ese tope puede subir a 900 y 450 euros si así lo deciden las comunidades autónomas. Además, la comisión de seguimiento podrá subir aún más esos límites, así como los de ingresos, en casas con dos o más habitantes.

Podrán optar al bono todas las personas de hasta 35 años incluidos “en el momento de solicitar la ayuda”; con nacionalidad española o europea o residencia en España que sean titulares del contrato de alquiler (o que lo firmen hasta dos meses después de que se les conceda la ayuda).

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Los ingresos de todos los habitantes de la vivienda, consten o no como titulares del contrato, pero estén en el padrón; no podrán sumar más de tres veces el IPREM, que para 2022 es de 8.106,28 euros. Por lo que el límite quedaría en 24.318,84. Eso sí, se tendrá en cuenta el IPREM en vigor el año del cálculo. Esto significa que si por ejemplo se tienen en cuenta los ingresos de 2021, será de 7.908,60 por tres, esto es, 23.725,8.

Mejores condiciones

Quienes cambien de provincia tendrán mejores condiciones: el límite máximo del alquiler sube a 900 euros y el tope de ingresos a cuatro veces el IPREM.

Además, quienes lo soliciten deben contar con una fuente regular de ingresos. Y eso, ¿qué significa? Que deben estar trabajando; ya sea por cuenta ajena o como autónomos, ser personal de investigación en formación o recibir una prestación pública periódica; como el paro o el Ingreso Mínimo Vital (IMV), por ejemplo.

Para demostrar que son estables en el tiempo, deberán tener tres meses de vida laboral en los últimos seis meses; o que la duración prevista de esos ingresos sea de al menos seis meses en adelante.

En paralelo, tienen que cumplir unas condiciones generales, que aplican a la mayoría de ayudas del plan de vivienda: no tener una casa en propiedad o en usufructo; excepto si no está habilitada o adaptada para vivir o si es solo propietario de parte por herencia, no tener ni parentesco de hasta segundo grado ni ser socio del arrendador; y los vetos generales que establece la ley de subvenciones, como estar condenado a no recibir ayudas.

Eso sí, las comunidades autónomas podrán permitir que accedan quienes tengan deudas con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social.

El bono alquiler joven no es compatible con otras ayudas al alquiler que pongan en marcha las comunidades autónomas; pero sí con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el IMV, y también con la ayuda al alquiler en pueblos pequeños que recoge el Plan estatal de vivienda.

Los 13 programas del Plan 2022-2025

El decreto también incluye el Plan estatal de vivienda 2022-2025, una serie de 13 programas que no solo gestionarán las comunidades autónomas; sino que deberán cofinanciar una parte para poder recibir todos los ingresos estatales.

De hecho, son las comunidades las que deberán poner en marcha estas ayudas según su criterio y los fondos recibidos, siguiendo una serie de prioridades.

Además de las condiciones generales, cada uno de estos programas tiene sus características particulares. Estos son los programas:

  • Subsidiación de préstamos convenidos en planes de vivienda anteriores.
  • Ayuda general al alquiler, sin límite de edad, para unidades de convivencia que ingresen hasta tres veces el IPREM.
  • Ayudas para víctimas de trata o violencia machista, personas sin hogar y especialmente vulnerables.
  • Ayuda para pagar el alquiler en caso de vulnerabilidad sobrevenida, para ingresos anteriores a menos de cinco veces el IPREM.
  • Para jóvenes en municipios pequeños. Estas son las únicas compatibles con el nuevo bono.
  • Para el incremento del parque público de viviendas, se concederán a las administraciones públicas que compren viviendas destinadas a alquiler de protección oficial.
  • Más viviendas para personas mayores y con discapacidad, que se deberán destinar a esos usos durante al menos 20 años.
  • Viviendas de la SAREB para alquiler social, con ayudas para comunidades autónomas o entidades locales para pagar las cesiones, de hasta 150 o 175 euros al mes.
  • Ayudas para cesión de viviendas para alquiler social o asequible.
  • Mejora de la accesibilidad de viviendas, para propietarios y comunidades de propietarios que hagan obras de mejora.
  • Erradicación de chabolismo e infravivienda, para entidades que se dediquen a la rehabilitación, demolición y realojo en estas zonas.
  • Ayuda al pago del seguro de alquiler, para quienes alquilen un piso y de hasta el 5% del alquiler anual durante un máximo de un año.

Con información de CIVIO

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