Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, ha anunciado este miércoles que la región madrileña va a ser cerrada perimetralmente a partir de este viernes, pero que esta medida va a ser solicitada al Gobierno central para su aplicación temporal en la región, únicamente para los días correspondientes a los puentes de Todos los Santos y la Almudena, al tiempo que fuentes del Gobierno regional han asegurado que sí no se acepta su propuesta, Madrid no se cerrará.
Así lo ha avanzado la mandataria regional desde Ávila, donde se ha traslado esta tarde para mantener una reunión junto a los presidentes de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, y de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page. Los tres presidentes han mantenido un encuentro con el objetivo de establecer coordinación conjunta en la lucha contra la pandemia por Covid-19.
Tras esta reunión, los presidentes de Castilla y León, Madrid y Castilla-La Mancha han decretado el cierre perimetral de sus regiones de cara al puente de Todos los Santos, que se inicia este viernes. Mientras que los mandatarios de las dos Castillas han sostenido que la previsión es que estos cierres permanezcan vigente hasta el día 9 de noviembre, cuando finalice el puente de la Almudena en Madrid, la mandataria regional ha indicado que va a solicitar al presidente Pedro Sánchez que el cierre sea interrumpido los días que no correspondan a fin de semana o festivos.
egún la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre el estado de alarma, en su artículo 9, sobre la eficacia de las limitaciones, las “medidas previstas en los artículos 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva lo determine, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13”, señalando asimismo que “la eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales”. De esta manera, tendría que ser el Gobierno central el que autorizase con una normativa excepcional que la Comunidad de Madrid pudiera llevar a cabo un cierre perimetral inferior a lo establecido en la norma.