El Supremo ha confirmado este martes la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) por la que el área de bajas emisiones, Madrid Central, quedaba anulada. La citada sentencia, de julio de 2020, anulaba «por defectos de forma» las restricciones al tráfico en la zona perimetrada de la almendra central de la capital.
En el auto del Supremo, fechado ayer y consultado por Europa Press, se inadmite el recurso de casación de Ecologistas en Acción y establece la imposición de costas a la parte recurrente hasta la cifra máxima de 1.000 euros.
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Esta decisión se tomó tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular en el Ayuntamiento de Madrid y la mercantil ‘DVuelta Asistencia Legal’ sin entrar al fondo del asunto y sin valorar la delimitación de esta zona de bajas emisiones y su regulación.
«La memoria no contiene ni la más mínima referencia al coste económico que para las arcas municipales puede ocasionar la puesta en marcha e implantación de la Zona de Bajas Emisiones ‘Madrid Central’ (la única referencia que se contiene se relaciona con el impacto que puede tener las zonas de bajas emisiones en relación con las concesiones sobre aparcamientos privados, negando toda posible afectación negativa», recogía el auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM.
El Gobierno autonómico mostró en aquel momento su respeto a la sentencia y destacó que las zonas de bajas emisiones deben hacerse bajo criterios técnicos, medioambientales y de impacto económico. «Se trata de una decisión judicial muy en línea con la postura que defendía la Comunidad, que recurrió en su momento por defectos de forma y porque afectaba de manera directa a los ciudadanos», apuntó la consejera de Medio Ambiente, Paloma Martín.
Asimismo, el Ayuntamiento de Madrid no interpuso recurso de casación tras esta decisión. José Luis Martínez-Almeida, quien ya indicó que el criterio no sería en ningún caso político, sustentó la decisión manifestando que «este equipo de Gobierno ha actuado en esta cuestión de acuerdo a criterios técnicos, dejando a un lado las opiniones políticas sobre el asunto». «El informe, incontestablemente, cree que no ha lugar a un recurso, medida especialmente ineficaz a estas alturas ya finales del procedimiento», apuntó.
Con información de MadridDiario.
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