Madrid ofrece ayuda para comprar patinetes, bicis y motos eléctricas

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A partir de este martes Madrid ofrece ayuda a quien quiera comprar patinetes, bicis o motos eléctricas. Los madrileños pueden solicitar una subvención municipal que les permitirá ahorrarse la mitad del precio. El Ayuntamiento de Madrid ha abierto la primera línea de ayudas para «fomentar la micromovilidad» a través del uso de vehículos de movilidad personal (VMP) eléctricos.

La oferta durará hasta las 10.00 horas del día 23 de diciembre, por lo que los interesados en estos vehículos solo tienen un mes para pedir las subvenciones; que ascienden a 150 euros por la compra de un patinete eléctrico nuevo; a 600 euros para bicicletas con pedaleo asistido; a 700 para ciclomotores y a 1.000 para motocicletas eléctricas.

Estas ayudas podrán llegar a un mínimo de 500 personas y un máximo de 3.333 personas, en función de si se solicitan más patinetes o más motos. Y, además, son ayudas compatibles con subvenciones de otras administraciones; aunque la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75%. Estas se podrán pedir en los establecimientos adheridos de la Comunidad de Madrid.

Requisitos principales

Los principales requisitos para poder solicitar las ayudas son, primero, estar empadronado en Madrid y, segundo, que la fecha de compraventa sea posterior al 15 de noviembre. Asimismo, los vehículos tendrán que ser nuevos y eléctricos.

En el caso de los patinetesdeberán disponer de una autonomía mínima de 20 kilómetros y constarán de un sistema de luces completo. Las bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo tendrán un motor eléctrico auxiliar con potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 vatios. No podrá ser propulsado exclusivamente por medio de ese motor auxiliar. Tendrán; además, sistema de luces completo, guardabarros y pata de cabra. El precio mínimo de venta al público, sin impuestos ni accesorios, debe ser igual o superior a 1.000 euros.

Los ciclomotores nuevos de dos ruedas serán de categoría L1e-B; con una potencia no superior a 4 kW y velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. La potencia nominal mínima será de 1 kW y funcionarán con batería de litio; con una capacidad mínima de 1 kWh y autonomía mínima de 45 kilómetros.

Las motocicletas nuevas eléctricas deberán ser de las categorías L3e, L4e y L5e; con dos ruedas o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo y una velocidad de diseño superior a los 45 km/h. La potencia nominal mínima será de 2 Kw; funcionarán con batería de litio y tendrán una capacidad mínima de 2KW. La autonomía mínima será de 70 kilómetros, informa el área de Medio Ambiente y Movilidad.

123.657 denuncias por aparcar mal la bici, el patinete o la moto 

Desde enero hasta octubre de este año, se han impuesto 123.657 denuncias a patinetes, bicicletas y motos sharing por estacionar de forma incorrecta. Los patinetes son los vehículos más sancionados, representando el 82,5% de las denuncias (102.028); seguidos de las motocicletas, que suponen el 12,3 % del total (15.214 multas) y las bicicletas, que solo alcanzan el 5,2 % de las multas (6.415).

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Los barrios con más multas este último mes de octubre fueron  Embajadores (848 denuncias), Palacio (1.543), Recoletos (730), Universidad (714) y Justicia (679). Las sanciones van desde los 30 euros hasta los 200 euros.

¿Por dónde puede circular y estacionar un patinete, moto o bici?

Acorde a la nueva ordenanza de movilidad, las bicicletas solo pueden circular por el centro del carril en calzada o por el carril bici. Tienen prohibido meterse en los carriles bus, aceras o pasos de peatones. Además, deben respetar 1,5 metros de distancia entre peatones y fachadas en ciclocalles o zonas residenciales a 20 km/h y que en parques las bicicletas podrán circular por caminos que midan más de tres metros.

La bicicleta debe aparcarse en reservas y bandas de estacionamiento. En acera solo cuando no haya reserva específica en menos de 50 metros y se deje un paso de tres metros. Y está prohibido aparcar la bici en zonas peatonales, paradas de autobús o zonas reservadas a personas con movilidad reducida.

Las motos tienen sus propias zonas reservadas y pueden estacionar en bandas de estacionamiento. Está prohibido aparcar en calles peatonales, paradas de autobús y taxi, reservas para personas con movilidad reducida, tapas de registro o alcantarillas y junto a contenedores de basura. Solo se aparca en acera como última ubicación y dejando 80 centímetros del bordillo; respetando un ancho libre de tres metros para el peatón. Si la moto es de alquiler, está prohibido aparcar en acera si existe una reserva específica da menos de 100 metros.

Los patinetes tienen que circular por carriles bici, ciclocalles, zonas 30 y calles con velocidad limitada a 30 km/h. Nunca en aceras, zonas peatonales, carriles a 50 km/h ni carriles bus. En el carril multimodal, los ciclocarriles, solo podrán circular con casco. Al pasar cerca de un peatón en aceras-bici, sendas ciclables, zonas 20, calles de plataforma única o caminos de más de tres metros en parques; tendrán que guardar una distancia de un metro.

Para aparcar, su sitio son las reservas y bandas de estacionamiento. En acera solo cuando no haya reserva específica en menos de 50 metros y se deje un ancho libre de paso de tres metros. Está prohibido aparcar en calles peatonales, en el ámbito de las paradas de autobús y reservas para personas con movilidad reducida.

Con información de 20 minutos

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