Reforma de ley de tráfico elimina el margen de 20 km/h de aceleración

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El Congreso de los Diputados dio luz verde este jueves a la reforma de la Ley de Tráfico; que prohibirá acelerar y superar el límite de velocidad en 20 kilómetros por hora cuando se vaya a producir un adelantamiento en carreteras convencionales. La eliminación de esta medida; vigente desde hace 50 años, llega tras protagonizar una polémica en la tramitación del articulado; y finalmente salió adelante con 189 síes, los del Gobierno y sus socios parlamentarios, y 138 noes, los del Partido Popular y Vox.

Un error en la votación que se llevó a cabo en septiembre en la Cámara baja provocó que en un principio la medida no fuera retirada del texto; en línea con las peticiones de PP y Vox y pese a que estaban en contra tanto el Gobierno como la Dirección General de Tráfico. No obstante, el Senado enmendó el error y el Congreso lo confirmó hoy. Así pues, con su entrada en vigor desaparecerá definitivamente ese margen de 20 kilómetros por hora para los adelantamientos en vías secundarias. La nueva ley también trae consigo la reforma del carnet por puntos o la obligación de llevar casco a los usuarios de patinetes.

Seis puntos por mirar el móvil

La reforma endurece los castigos en el sistema del carnet por puntos para aquellos conductores que lleven a cabo «comportamientos» que «generen mayor riesgo para la conducción» y se incluyen nuevas infracciones hasta ahora no contempladas. Se aumentan de tres a seis los puntos que perderán los conductores que miren el móvil mientras conducen; y de tres a cuatro aquellos que no porten cinturón de seguridad, casco u otros elementos de protección. Sostener el móvil en la mano también costará seis puntos y usar aplicaciones para detectar radares tendrá un castigo de 500 euros de multa y tres puntos

Más castigo por tirar objetos a la vía

La nueva regulación aumenta de cuatro a seis puntos la sanción para los conductores que tiren objetos a la vía que puedan provocar incendios o accidentes. Asimismo, se retirarán tres puntos a quienes aparquen en zonas reservadas para personas con discapacidad y a los conductores que no mantengan la distancia de seguridad con los coches de autoescuela. Además, se unifica el periodo de recuperación de puntos sin cometer ningún tipo de sanción en 2 años. Hasta ahora este margen dependía de la gravedad de la infracción cometida.

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Los patinetes, fuera de las aceras y con casco

Otro de los puntos de la modificación prohíbe la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como patinetes, por aceras o zonas peatonales. Además, deberán cumplir normas similares a las del resto de vehículos, aunque no podrán circular por autopistas, autovías o vías interurbanas. Tendrán que disponer de un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos que debe aprobar la DGT y su velocidad máxima será de 25 kilómetros por hora. También se obliga a los usuarios a llevar casco; se les prohíbe llevar auriculares y usar el móvil y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podrán realizarles controles de alcoholemia.

Cursos online para obtener el carnet

Otra de las novedades del texto es que a partir de ahora se podrán realizar cursos «de concienciación y sensibilización» para la obtención del carnet de forma online; «siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual». Eso sí, el contenido de los mismos se determinará en el reglamento que se elaborará posteriormente junto con expertos en seguridad vial y asociaciones de víctimas.

Rechazo de los conductores

La nueva ley aprobada este jueves cuenta con la oposición de la Asociación Europea de Automovilistas. Su presidente, Mario Arnaldo, se mostró muy crítico con el proyecto. En primer lugar, definió como una «medida ideológica» la eliminación del margen de 20 kilómetros por hora para adelantar ya que, en su opinión; se realiza «sin informes técnicos y económicos».

Señaló también como queja que el sistema del carnet por puntos «ahora no tiene» efectividad porque «no se resuelve el problema» generado cuando un conductor se queda sin ellos; lo que, según aseguró, debería conllevar la pérdida «del derecho a conducir». Conducir sin puntos, según una sentencia del Tribunal Supremo, está penado con multas de hasta 6.000 euros o penas de prisión de hasta seis meses; aunque los puntos se pueden recuperar en cursos que imparten centros concertados de la DGT.

Con información de 20 minutos

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