Tribunal de Justicia de la UE dictó que expulsión no impide optar por residencia

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó este martes una sentencia que dicta que si un ciudadano europeo recibe una orden de expulsión de un Estado miembro y este abandona el territorio de manera “real y efectiva”, podrá tener en el futuro un nuevo derecho de residencia en ese país.

El TJUE declaró además que esa decisión de expulsión no se ejecuta plenamente por el mero hecho de que el ciudadano de la Unión abandonara físicamente dicho territorio en el plazo fijado en la citada decisión para su salida voluntaria.

En este sentido, el Tribunal señaló que, para que un ciudadano de la Unión pueda disfrutar de un nuevo derecho de residencia en el mismo territorio, debe poner fin a su estancia de manera “real y efectiva”, por lo que si desea regresar, no se puede considerar que esa segunda estancia es continuidad de su residencia anterior.

Aunque no existe un tiempo establecido durante el que una persona debe permanecer fuera del Estado miembro, el TJUE apuntó que cuanto más prolongada sea la ausencia del territorio de acogida, queda acreditado con mayor consistencia el carácter real y efectivo de la finalización de su residencia.

Además, se deben tener en cuenta otras circunstancias que reafirman la ruptura de los vínculos del ciudadano con el país de acogida, como la rescisión de un contrato de alquiler o una mudanza.